- Prestar los servicios y atenciones establecidos en el artículo 7 de la ordenanza municipal de ayuda en el hogar en sus propios términos en un periodo mínimo de 3 años.
- Respetar los derechos de las personas usuarias establecidas en el artículo 8 de la ordenanza municipal
- Todas las intervenciones de ayuda en casa serán programadas, coordinadas y supervisadas por personal técnico responsable del servicio.
- Cumplir con lo establecido en la ordenanza municipal en lo referente al artículo 12 de coordinación, evaluación mensual del servicio prestado.
- Estar al día en sus obligaciones tributarias estatales autonómicas, municipales y de seguridad social.
- Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
Bienvenid@s...!
DOMICILIA TU BIENESTAR nace con la premisa de una Política Sociolaboral, cuya principal función será la prestación de ayuda, servicios sociales y compromiso con los discapacitados y/o más desfavorecidos, jóvenes, mayores, etc, acudiendo a su domicilio para facilitarles el desarrollo de las actividades cotidianas y prestar asesoramiento y vias de desarrollo para un futuro con mejor bienestar, tanto a largo plazo, en una situación alargada en el tiempo, como cuando esa necesidad se de temporalmente.
(cualquier similitud o parecido con la realidad es pura casualidad, salvo lo publicado en normativa legal o como información de otras entidades sociales)
(cualquier similitud o parecido con la realidad es pura casualidad, salvo lo publicado en normativa legal o como información de otras entidades sociales)
miércoles, 20 de abril de 2011
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
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