Bienvenid@s...!

DOMICILIA TU BIENESTAR nace con la premisa de una Política Sociolaboral, cuya principal función será la prestación de ayuda, servicios sociales y compromiso con los discapacitados y/o más desfavorecidos, jóvenes, mayores, etc, acudiendo a su domicilio para facilitarles el desarrollo de las actividades cotidianas y prestar asesoramiento y vias de desarrollo para un futuro con mejor bienestar, tanto a largo plazo, en una situación alargada en el tiempo, como cuando esa necesidad se de temporalmente.
(cualquier similitud o parecido con la realidad es pura casualidad, salvo lo publicado en normativa legal o como información de otras entidades sociales)

miércoles, 20 de abril de 2011

DEFINICIÓN DE NUESTRA POLÍTICA SOCIOLABORAL

Nuestra labor social, se desarrollará principalmente, en ”Posolabo”, un Municipio del Norte de la provincia de A Coruña, en el que, a pesar de tener activa una política de ayuda a domicilio que ha resultado eficaz, se hace insuficiente ya que las listas de espera están creciendo a un ritmo vertiginoso.

El municipio carece de poca mano de obra  para la realización de dichos servicios recogidos en su ordenanza municipal reguladora del servicio de ayuda en el hogar, existiendo una gran lista de espera al respecto, la cual ha aumentado un 30% en el último año. Asimismo, también ha crecido la demanda de ayuda a dependientes temporales. En concreto nos referidos a las ayudas de apoyo a domicilio de la enseñanza y educación de estudiantes que tienen que abandonar los estudios por causa de una dependencia temporal. Hogares con menores en los que se observa la necesidad de una intervención de carácter educativo para que puedan finalizar los estudios de Educación Primaria o Secundaria obligatorios, los cuales se encontraban realizando antes de ser dependientes.

El futuro de nuestro municipio depende de nuestra capacidad y recursos para atraer gente y ofrecerle oportunidades de empleo en nuestro municipio, ofreciendo facilidades a través de políticas de empleo a los que se quedan.

De entre las opciones barajadas y una vez analizadas las ventajas e inconvenientes de cada una de ellas resulta más ventajoso para el municipio de Posolabo,  el establecimiento de subvenciones al empleo autónomo que nos ayuden a dar servicio ante el aumento de demanda en las listas de espera de ayuda a domicilio.

NUESTROS OBJETIVOS

Como se expuso en la inclusión en la agenda, existen 2 principales objetivos de la política sociolaboral a formular:

2.1: Reducir las elevadas listas de espera y cumplir  al 100% con la cobertura del servicio de ayuda a domicilio establecido en la ordenanza municipal de ayuda en el hogar, prestando como en ella se establece, ayuda integral y normalizadora en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía personal y en los casos de destrucción familiar.

2.2  Para la consecución del anterior objetivo el municipio espera generar empleo a través del autoempleo incentivando la creación de empresas y el fomento de  la actividad empresarial  de Posolabo, a quienes constituyan y contraten a personal en las actividades de ayuda a domicilio y enseñanza, y así  atender a la vez, al cumplimiento  del anterior objetivo.

AGENTES SOCIALES

LEGITIMACIÓN

En el marco establecido en el Art.40 de la Constitución Española, en la Ley 56/2003 de 16 de Diciembre de empleo, y en los Arts.29 y 30 del Estatuto de la Autonomía de Galicia, y en los objetivos de crecimiento y empleo de la Unión Europea, y con el objetivo de  alcanzar unos niveles mayores de desenvolvimiento económico, de calidad del empleo y de bienestar social es preciso adoptar políticas que promuevan un modelo de desenvolvimiento económico que favorezca la capacidad creativa y emprendedora de la sociedad gallega.

En el título V de la Ley 20/2007 de 11 de Junio del Estatuto del Trabajado Autónomo ,dedicado al fomento y promoción del trabajo autónomo, se establece que LOS PODERES PÚBLICOS, adoptarán políticas de fomento del trabajo autónomo dirigido al establecimiento y desenvolvimiento de iniciativas económicas y profesionales por cuenta propia.

La convocatoria de ayudas y subvenciones municipales del ayuntamiento de Posolabo y conforme a ”la Lei 38/2003 reguladora de Subvenciones, Real Decreto 887/2006 polo que se aproba o regulamento da lei Xeral de Subvención, na lexislación da comunidade autónoma de Galicia Lei 9/2007  corresponde al concello a través de la concellaría de Promoción Económica, emprego, comercio, turismo e consumo.

PRESUPUESTO

La cantidad global máxima para esta política y convocatoria de subvenciones es con cargo a la partida presupuestaria de ayuda social.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

  1. Prestar los servicios y atenciones establecidos en el artículo 7 de la ordenanza municipal de ayuda en el hogar en sus propios términos en un periodo mínimo de 3 años.
  2. Respetar los derechos de las personas usuarias establecidas en el artículo 8 de la ordenanza municipal
  3. Todas las intervenciones de ayuda en casa serán programadas, coordinadas y supervisadas por personal técnico responsable del servicio.
  4. Cumplir con lo establecido en la ordenanza municipal en lo referente al artículo 12 de coordinación, evaluación mensual del servicio prestado.
  5. Estar al día en sus obligaciones tributarias estatales autonómicas, municipales y de seguridad social.
  6. Disponer de  los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

FINALIDAD

Nuestra PSLB tiene como finalidad promover y ayudar a financiar aquellos proyectos empresariales que faciliten la creación de su propio puesto de trabajo a las personas desempleadas que pretendan desenvolver su actividad empresarial de ayuda a domicilio y enseñanza en Posolabo, así como a incentivar el fomento de la creación de empleo mediante la contratación indefinida de su primera persona trabajadora y desempleada. Todo ello con el fin de dar cobertura a la gran lista de espera de ayuda a domicilio y enseñanza existente en el municipio y dar cobertura a la mayoría de la demanda de los servicios establecidos en la ordenanza municipal de ayuda en el hogar.

BENEFICIARIOS

a)   Podrán ser beneficiarios de las ayudas de este programa las personas físicas que reunan los siguientes requisitos:
-      Desempleados incritos como demandantes de empleo en el SPE, y que se establezcan como trabajadores autónomos en la actividad empresarial de ayuda a domicilio, epígrafe de IAE….. y Enseñanza,epígrafe IAE……
b)   Podrán ser beneficiarios de las ayudas por la primera contratación indefinida de trabajadores siempre que la misma se realice en los 2 años posteriores al inicio de su actividad (Alta IAE).
c)   Cumplir con los requisitos del artículo 11 de la Lei Xeral de Subvención en lo relativo incompatibilidades.
d)   El domicilio fiscal de la actividad ha de ser en el municipio de Posolabo.

AYUDAS Y CUANTIAS

Para trabajadores autónomos cuya actividad se centre en el sector de ayuda a domicilio y/o enseñanza.
Las cuantías de esta subvención serán:
  • 3000 euros para desempleados en general y bonificación del 50% durante un año de las cuotas de autónomos por su base mínima
  • 4000 euros para jóvenes desempleados menores de 30 años y bonificación del 60% durante un año de las cuotas de autónomos por su base mínima
  • 5000 euros para mujeres desempleadas y bonificación del 70% durante un año de las cuotas de autónomos por su base mínima
  • 6000 euros para desempleados de larga duración, emigrantes retornados y colectivos en riesgo de exclusión social y bonificación del 80% durante un año de las cuotas de autónomos por su base mínima

En el supuesto de que las características del beneficiario desempleado den lugar a su inclusión en más de un colectivo, solamente será posible aplicar una cuantía que será la superior.
Subvención para la primera contratación indefinida.
realice el autónomo siempre que se realice dentro de los 2 primeros años de inicio de su actividad, para cuyo objeto se tomará su alta censal modelo 036.
Será incentivada tanto la contratación inicial como la transformación en indefinido de cualquier modalidad de contrato temporal sean ambos supuestos a jornada completa o parcial.
La cuantía de esta subvención será la siguiente:
  • 3000 euros por la contratación indefinida de una persona desempleada en general y bonificación del 50% sobre la cuota de contingencias comunes a cargo de la empresa durante 2 años
  • 4000 euros por la contratación indefinida de un joven menor de 30 años y bonificación del 60% sobre la cuota de contingencias a cargo de la empresa durante 2 años
  • 5000 euros por la contratación indefinida de una mujer desempleada y bonificación del 70% sobre la cuota de contingencias comunes a cargo de la empresa durante 2 años
  • 6000 euros por la contratación de un desempleado de larga duración, emigrante retornado o perteneciente a colectivos en riesgo o situación de exclusión social y bonificación del 80% sobre la cuota de contingencias comunes a cargo de la empresa durante 2 años
Dichas cuantías se establecen tanto para la contratación inicial como para la transformación a jornada completa, siendo disminuidas, en el caso de contrataciones o transformaciones a tiempo  parcial en el mismo porcentaje que la jornada.

SOLICITUD, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO

a) La solicitud se presentará conforme al modelo normalizado incorporado como anexo 1 de esta convocatoria y a la cual se deberá de acompañar la documentación establecida en dicho anexo,.
b) Dicha solicitud, acompañada de la correspondiente documentación se presentará en el Registro general del municipio de Posolabo o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las administraciones públicas  y de procedimiento administrativo común.

domingo, 17 de abril de 2011

Qué es la DEPENDENCIA? El estado de carácter permanente en el que se encuentran las personas que, por razones

DIVERSIDAD FUNCIONAL

El Pleno del Congreso de los Diputados insta al Gobierno a reactivar el empleo de las personas con discapacidad
Por unanimidad, los partidos han aprobado una proposición no de ley que insta al Gobierno a elaborar un segundo plan de acción para reactivar la Estrategia Global para el Empleo de las Personas con Discapacidad vigente desde 2008. Para más información pinche aquí
El Observatorio Estatal de la Discapacidad elaboró este informe que incluye una selección de indicadores estadísticos sobre las distintas materias en relación con la discapacidad. Para más información pinche aquí.

viernes, 15 de abril de 2011

Éste es uno de los datos que refleja el “Informe Olivenza 2010” realizado por el
 Observatorio Estatal de Discapacidad, que ha señalado además, que la mayoría de los cuidadores familiares que atienden a estas personas con discapacidad suelen ser mujeres y sólo un 8% empleados.
Por otra parte, este estudio también recoge que en el 30% de estos casos, las personas con discapacidad requieren de una atención de más de ocho horas diarias, por lo que muchos de los cuidadores se ven obligados a dejar de trabajar fuera de casa, acarreando de esta manera problemas económicos y de salud.

jueves, 7 de abril de 2011

Aumenta la contratación de personas con Discapacidad.

A pesar de las dificultades económicas actuales, que en cierto modo están limitando las contrataciones por parte de las empresas, éstas cada vez más apuestan por la contratación de personas con discapacidad.  Así lo demuestra datos difundidos por un informe del Observatorio Estatal de la Discapacidad que asegura que entre enero y febrero de este año, se han registrado un 10,3% más de contratos que en el mismo periodo de 2010.
Esta tendencia  hacia el crecimiento  se viene dando después de que en 2008, como consecuencia de la crisis, los datos en contratación de personas con discapacidad tocaran fondo. Durante los dos primeros meses de este año se realizaron exactamente 9.562 contratos a personas con discapacidad, frente a los 8.670 firmados en el mismo periodo

viernes, 1 de abril de 2011

DIVERSIDAD DE GÉNERO

Naciones Unidas fija el desarrollo sostenible y la igualdad de género como objetivos prioritarios para 2011

viernes, 25 de marzo de 2011


La adopción del Código de Conducta elimina la última barrera de la conclusión formal de la UNCRPD (Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas).

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (UNCRPD), que entró en vigor el 3 de mayo de 2008, es la primera convención sobre derechos humanos firmada por la Unión Europea.