En el marco establecido en el Art.40 de la Constitución Española, en la Ley 56/2003 de 16 de Diciembre de empleo, y en los Arts.29 y 30 del Estatuto de la Autonomía de Galicia, y en los objetivos de crecimiento y empleo de la Unión Europea, y con el objetivo de alcanzar unos niveles mayores de desenvolvimiento económico, de calidad del empleo y de bienestar social es preciso adoptar políticas que promuevan un modelo de desenvolvimiento económico que favorezca la capacidad creativa y emprendedora de la sociedad gallega.
En el título V de la Ley 20/2007 de 11 de Junio del Estatuto del Trabajado Autónomo ,dedicado al fomento y promoción del trabajo autónomo, se establece que LOS PODERES PÚBLICOS, adoptarán políticas de fomento del trabajo autónomo dirigido al establecimiento y desenvolvimiento de iniciativas económicas y profesionales por cuenta propia.
La convocatoria de ayudas y subvenciones municipales del ayuntamiento de Posolabo y conforme a ”la Lei 38/2003 reguladora de Subvenciones, Real Decreto 887/2006 polo que se aproba o regulamento da lei Xeral de Subvención, na lexislación da comunidade autónoma de Galicia Lei 9/2007“ corresponde al concello a través de la concellaría de Promoción Económica, emprego, comercio, turismo e consumo.
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